E- 237/12-13- 0
PROYECTO DE LEY
Fecha Inicio: 20/09/2012 11:12:14 AGREGANDO ARTICULOS 18 BIS Y 18 TER Y MODIFICANDO ARTICULOS 45, 46, 47, 48 Y 50 DE LA LEY 13133, CODIGO PROVINCIAL DE IMPLEMENTACION DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS Y CONSUMIDORES.- Info complementaria: MODIFICANDO LEY 13133 -DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS. ESTABLECE CODIGO PROVINCIAL DE IMPLEMENTACION DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-.
MODIFICA LOS ARTICULOS 45, 46 47, 48, 50 SOBRE INCICIACION DE SUMARIO POR DENUNCIA
AGREGA ARTICULO 18 BIS SOBRE OBLIGACION DE TODA PERSONA FISICA O JURIDICA QUE COMERCIALICE COSAS MUEBLES NO CONSUMIBLES DE RESPETAR LA GARANTIA LEGAL
AGREGA ARTICULO 18 TER SOBRE AQUELLOS SERVICIOS COMERCIALIZADOS EN FORMA TELEFONICA, ELECTRONICA O SIMILAR, NO PODRAN EXIGIR A LOS USUARIOS QUE LA RESCISION DEL CONTRATO SEA EFECTUADA A TRAVES DE UN MEDIO DIFERENTE AL UTILIZADO AL CELEBRARLO. Observaciones: RUESGA |
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