La presentación de la capacitación, organizada por la directora de Equidad de Género y Diversidad sexual de la HCD, Maru Breard, fue desarrollada por la abogada Érica Pérez y el jurista Diego Ortiz, quienes repasaron los históricos inconvenientes que surgen al momento de iniciar una demanda judicial que obligue al progenitor alimentante a cumplir con su responsabilidad de proveer recursos materiales y también realizar las tareas de cuidado o crianza.
Ambas exposiciones remarcaron que la negación de alimentos constituye una forma específica de violencia económica y explicaron que este enfoque es materia de disputa y construcción en el ámbito de las prácticas jurídicas, debido a que aún prevalece una mirada -conservadora y de sesgo machista- que impide la celeridad en los tiempos legales y dificulta la consecución de resoluciones judiciales que brinden condiciones dignas de vida, en lo que concierne a madres, hijas e hijos.
A su turno, la abogada Erica Pérez detalló: "Estuvimos compartiendo material sobre fallos novedosos, que salen de lo convencional y representan puntos de quiebre en la tendencia tradicional de los juzgados; esto es sumamente importante, porque nos muestra que existe la posibilidad de elaborar nuevas estrategias para compeler a los deudores a cumplir con la demanda judicial". "Así nos encontramos con fallos que impiden el abastecimiento de combustible, el ingreso a gimnasios, o inclusive hay resoluciones que ordenan el cobro de la cuota alimentaria en la factura de la luz; con un claro mensaje de no tolerancia a la violencia económica", subrayó la jurista.
Por su parte, el abogado especialista en violencia familiar Diego Ortiz refirió: "Hoy explicamos cómo el incumplimiento alimentario continuo, deliberado y arbitrario, a lo largo del tiempo se convierte en violencia económica; por eso es importante apuntar a que en los procesos legales por alimentos se fije una cuota alimentaria con perspectiva de género, integral, suficiente y oportuna, que pondere el cuidado personal de la progenitora conviviente y estime el no cuidado personal del progenitor no conviviente".
Breard agradeció la concurrencia a la segunda clase, como también celebró la participación remota de 150 personas y aseguró: "Esta jornada fue muy importante, porque trabajamos la violencia económica como una manera de ejercer violencia de género, a través de las implicancias que conlleva el incumplimiento de la cuota alimentaria". Y agregó: " Por eso es que la capacitación ofrece un abordaje interdisciplinario, con herramientas que resultan indispensables para las y los profesionales del Derecho que bregan por los intereses de las mujeres y las infancias en los litigios contra deudores recalcitrantes".